lunes, 21 de mayo de 2012

El nuevo Euribor


Hola a tod@s:

Hace poco, un amigo mío que es fiel seguidor de nuestro blog, me remitió otro tema sobre el que escribir e informar.

Como ya se ha puesto de relieve alguna vez, hemos hecho mención a la apocalipsis económico-social a la que estamos asistiendo, y de la que todos estamos siendo espectadores de lujo.
La noticia en si versa sobre una nueva “medida” que pretende mitigar los miedos futuribles derivados de los mercados financieros, y asentar un poco más la estabilidad de todos.

El nuevo concepto que surge se llama IRS: Interest Rate Swap o Permuta de Tipos de Interés.
Este término se está empezando a probar (entre ellos, por nuestro Banco de España) para analizar la posibilidad de sustituir al Euribor.

A través de un artículo del periódico Expansión, podemos ver la presente de este agente:


Definición: el IRS se configura como la media de la evolución de los Tipo de Interés, en un periodo de referencia de 5 años.  En comparación con el Euribor, se puede decir que su determinación es diaria, y su evolución es bastante similar.

En términos numéricos, los datos son los siguientes:

                *Euribor más bajo: 1,214% - IRS más bajo: 1,479%
                *Euribor más alto: 5,493% - IRS más alto: 5,765%

A simple vista, la diferencia es obvia, y la conclusión más: al resto de los mortales que tenemos créditos/hipotecas u otros instrumentos financieros sujetos a este tipo de variables, no nos conviene.

Por otro lado, la otra diferencia sustancial entre ambos conceptos es que el Euribor incluye Prima de Riesgo y el IRS no, algo que, a priori, arrojaría estabilidad.

El que el IRS aparezca en nuestras vidas como la posible panacea de nuestras soluciones, no significa que el Euribor como elemento de referencia vaya a desaparecer, simplemente se articula como una posibilidad más a ofrecer a los clientes, por lo que se podría decir que lo va a complementar.

Entra en  acción un nuevo tipo (en el sentido más amplio de la palabra) que en comparación con el Euribor, se comporta así:



De todos modos, antes firmar una hipoteca, los expertos recomiendan la siguiente fórmula: La recomendación más sencilla es mirar cuál es el tipo de interés máximo al que ha cotizado el índice, sumarle el diferencial y ver si podemos pagar la cuota resultante. Si podemos pagarla, nos metemos en la hipoteca y si no, es mejor no contratarla”, explica el experto de iAhorro.com.

Espero que esta información os sea de utilidad.

Aquí os dejamos otros links que os pueden ser de interés:



Y para los que tengan un pelín más de tiempo, un artículo muy interesante sobre este tema:



Un saludo y suerte.


La información contenida en este blog es orientativa y didáctica. Los autores no se hacen responsables de los perjuicios ocasionados a personas físicas o jurídicas que actúen o dejen de hacerlo como consecuencia de informaciones u opiniones contenidas en esta publicación.

sábado, 19 de mayo de 2012

La Crisis y sus Efectos: Participaciones Preferentes por Miriam Losa

Uno de los problemas heredados de la crisis financiera ha sido la compra de productos bancarios por parte de muchas personas ajenas al mundo financiero que atraídos por altas rentabilidades y en algunas ocasiones erróneamente aconsejados, invirtieron sus ahorros en muchos productos de los que desconocían su funcionamiento, habiendo  perdido cuantiosas sumas de dinero por estas malas inversiones. 

Uno de estos casos controvertidos han sido las participaciones preferentes, las cuales se comercializaron como un producto bancario que combinaba rasgos de 2 productos diferentes:
  • Los productos de renta fija: Inversiones por las que a cambio de dinero se recibe un tipo de interés durante un tiempo determinado, comprometiéndose durante ese tiempo  el inversor a no movilizar su dinero, y si lo hace suele estar condicionado al pago de algún tipo de penalización. 
  •  Las Acciones: La rentabilidad para el inversor se encuentra en una participación sobre los beneficios que obtenga la entidad en la que se esté invirtiendo. Con las participaciones preferentes, lo que se hacía era invertir en el propio banco que las emitía, sujetando su rentabilidad a los propios beneficios del banco.

Del híbrido de fusionar características de ambos productos, surgieron las participaciones preferentes concebidas como un producto de inversión por el cuál los inversores obtenían una rentabilidad fija en función de los beneficios de las entidades bancarias. Se denominaron preferentes, porque eran títulos que los inversores cobraban incluso antes que los accionistas. Al haber estado sujetas a los beneficios bancarios, durante los años de bonanza económica dichas participaciones fueron lucrativas para sus inversores.

La sorpresa llegó cuando la crisis estalló y los bancos dejaron de pagar las rentabilidades prometidas, no existían los beneficios y los clientes no cobraban absolutamente nada por sus participaciones. La peor parte es que éstas tenían carácter perpetuo y los clientes que querían deshacerse de ellas debían acudir al mercado secundario a venderlas, de modo que el único modo de recuperar su inversión, era a través de la venta de esos  títulos.

El problema estaba en el exceso de oferta en el mercado secundario, nadie quería participaciones de bancos que no obtenían beneficios, los inversores se vieron así atrapados, de forma que no podían recuperar su dinero o si lograban venderlas lo hacían por un valor infinitamente menor del dinero que habían inicialmente invertido. 

Otro de los grandes problemas de las participaciones preferentes consistía en que el Fondo de Garantía de Depósitos,no garantizaba estos productos en el caso de que el banco entrara en quiebra, de modo que en el caso de que el banco quebrara ese dinero no podía ser recuperado.

Debido a que la comercialización de participaciones preferentes por parte de los bancos, fue en muchos casos muy cuestionable, puesto que se vendían productos de una alta complejidad financiera a inversores de nivel medio y no se les informaba correctamente de los riesgos, se empezó a denunciar a los bancos por este tipo de prácticas abusivas.

La buena noticia es que los tribunales están empezando a dar la razón a aquellos inversores que denunciaron estos hechos. En efecto en sentencias de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca y del Juzgado nº 1 de Bilbao, se ha considerado probado que las entidades bancarias no informaron correctamente de los riesgos de las participaciones a consumidores que tenían un perfil medio como inversor,  y que por lo tanto no podían conocer las complejidades técnicas de un producto que cotizaba en los mercados secundarios.

En estas sentencias consideran que el hecho de que un consumidor declarara que realizaba varias inversiones al año,o que tuviera un trabajo relacionado con el mundo financiero no determinaba que éste tuviera un perfil de inversor lo suficientemente preparado para entender los riesgos y complejidades de dichas participaciones.

La existencia de responsabilidad contractual por parte de la entidad bancaria, la fijan  en ambas sentencias en el incumplimiento del deber de información y asesoramiento veraz en el que incurrieron algunas entidades al comercializar estos productos. Ocultando en ocasiones el carácter perpetuo de las participaciones, u obviando explicar debidamente el mecanismo de funcionamiento de los mercados secundarios en los que operaban estas participaciones.

El hecho de que la jurisprudencia se esté pronunciando en favor de los consumidores afectados en los casos en los que se puede demostrar la negligencia de los bancos cuando vendieron estas participaciones es una muy buena noticia que puede animar a otros consumidores afectados a emprender acciones legales contra las entidades y recuperar sus inversiones.

Aún así y dados los costos que implican los procedimientos judiciales, desde algunas asociaciones y plataformas de afectados por las participaciones preferentes, optan por esperar a que los usuarios puedan canjear sus participaciones con las entidades, aunque a la fecha el canje de las preferentes es un tema controvertido puesto que la mayoría de afectados considera que estos canjes se realizan a un precio inferior al que ellos tuvieron que desembolsar las acciones, con la consiguiente pérdida económica. Esta semana el Ministerio de Economía ha anunciado que regulará el canje de las acciones, por lo tanto puede ser conveniente esperar a ver en qué condiciones se establece el canje en la futura normativa.

Para más información si eres un consumidor afectado por las participaciones preferentes recomendamos ponerse en contacto con las plataformas de afectados o con la Asociación de usuarios de bancas, cajas y seguros (ADICAE).

Sin embargo nos gustaría realizar una última advertencia respecto a las acciones colectivas que se pueden tomar desde asociaciones o plataformas, la jurisprudencia  que hemos analizado en este post, ha determinado caso por caso que el inversor no tenía los conocimientos suficientes para entender los riesgos de las participaciones y que además no fue convenientemente informado por los bancos, circunstancias que se pueden diluir en demandas colectivas que impliquen diferentes casos y tipos de consumidores.

Os dejamos unos links que pueden ser de vuestro interés: 




Un saludo y suerte

La información contenida en este blog es orientativa y didáctica. Los autores no se hacen responsables de los perjuicios ocasionados a personas físicas o jurídicas que actúen o dejen de hacerlo como consecuencia de informaciones u opiniones contenidas en esta publicación.

martes, 8 de mayo de 2012

La Fusión Fría


Dicen que el sentido común es el menos común de los sentidos. Y parece que hoy en día, este dicho alcanza su máxima expresión.  Además de observar estupefactos como errores e ideologías del pasado vuelven a aflorar en nuestra actualidad (véase un partido nacional-socialista que consigue representación en un país hundido en la ruina), la realidad, es capaz de superar a la ficción, y no sólo me refiero a este nuevo “grupo parlamentario” (que viva la incoherencia).

No más de un año atrás, todos observamos como “nacía” un nuevo banco/caja/grupo de inversión/lo que sea: Bankia.  Este nuevo ente era fruto de la unión de Caja Madrid, Bancaja, La Caja de Canarias, Caixa Laitena, Caja de la Rioja , Caja Ávila y Caja Segovia.  Sentado lo anterior, esta se presumía como una consecuencia lógica más de la limpieza étnica a la que nuestro sistema financiero se estaba (y se está) viendo sometido para poder afrontar el enésimo envite de la tan exasperante crisis.

Pues bien, después de Primas de Riesgos, Fondos de Rescates, Bancos Centrales Europeos , Fondos Monetarios Internacionales, Troikas, Merkels, y demás actores que ya forman parte de nuestras vidas, el 20 de Noviembre, nuestra democracia daba paso a un invitado más: el gobierno del PP.

Este último invitado, junto con nuestro antes descrito Ente, han sido los nuevos protagonistas de un episodio, que desde mi humilde punto de vista, es justo merecedor de un nuevo género: el romantiscismo neoliberal .

No es posible, insisto, no es posible, que después de todo lo que nuestra sociedad está soportando, nos traten de ningunear de esta manera. ¿Cuan rápido se ha desempolvado la máquina de hacer dinero que de repente ha permitido generar 7.000 millones de euros de las arcas del Estado para “curar” a Bankia? ¿Cómo es de cruel la realidad que permite sustituir al otrora presidente de Bankia por un antiguo Consejero Delegado de BBVA que se fue cobrando toda una señora indemnización y que ahora ocupará un cargo nada pingüe con respecto a su remuneración? ¿En qué contexto de hoy en día, un trabajador normal dimite de su puesto y cobra 1.2 millones de euros?

 Si la información vertida en los últimos meses es coherente, se supone que debíamos recortar tropecientos miles  de docenas de millones, y eso sólo era posible a base de tijeretazos en Sanidad y Educación, subidas de IRPF de los ciudadanos normales (entre los que me incluyo), incremento de las tasas universitarias, copago sanitario, futura subida de IVA a la vista…y ya que estamos, reducción de derechos laborales, aprovechando que el Pisuerga pasa por cualquier lado.  

Muy señores míos, creo que todo lo que observamos ayer (7 de mayo de 2012) con respecto a este Ente (entiéndase Ente como  sujeto ridículo o extravagante) es la gota que colma el vaso y que insulta a la más normal de las inteligencias.  ¿Acaso no pueden permitir que la mano invisible del mercado ponga en su sitio a esta institución y permita que se hunda, manchando así (y muy a pesar de unos pocos) el prestigio de aquel gran gestor que una vez fue ministro de economía?  Y para colmo pretenderán que no me INDIGNE , me tildarán de “anti-sistema” y para más inri, me prohibirán usar las nuevas tecnologías para no convocar manifestaciones pacíficas…ah!, perdón, que esto último ya lo han hecho.

Ustedes que pueden, velen por las personas y porque nuestro sistema de Bienestar no se vea devaluado por alguna agencia de calificación externa y lo degrade a  “Estar - ” o “Malestar +”.

Un saludo  


La información contenida en este blog es orientativa y didáctica. Los autores no se hacen responsables de los perjuicios ocasionados a personas físicas o jurídicas que actúen o dejen de hacerlo como consecuencia de informaciones u opiniones contenidas en esta publicación.

lunes, 30 de abril de 2012

Entendiendo la Reforma Laboral por Patricia Luque

Hola a tod@s: 

El cambio en la normativa laboral nos deja un despido más barato, con menos requisitos y que generalmente será procedente, da más facilidades al empresario para cambiar turnos, funciones e incluso los salarios…

Aquí dejo algunas claves para entenderlo…

DESPIDOS E INDEMNIZACIONES


o Improcedentes: A partir del 10 de febrero del 2012, en los despidos improcedentes, el cálculo de la indemnización pasa de 45 días por año trabajado a 33 con un máximo de 24 mensualidades. En el caso de que la persona en cuestión tuviera un contrato indefinido antes de la entrada en vigor de la ley, cobraría 45 días por año por ese período previo pudiendo alcanzar las 42 mensualidades.

Existe una excepción a esto, cuando el despido se deba a una bajada en las ventas o ingresos, la empresa abonará 20 días por año durante 12 meses.
o Procedentes: La indemnización es de20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades


o En los contratos temporales, la indemnización pasa a ser de 10 días para los que se formalicen entre el 2012 y 2013, y de 12 los que se firmen a partir del 01/01/2014.


Hay que tener presente, que la carga de la prueba recae sobre el trabajador. Es decir, ahora será el trabajador quien deba probar la improcedencia del despido y no el empresario quien tenga que demostrar la procedencia.


TEMPORALIDAD

Con la nueva normativa, deja de existir un límite a la temporalidad durante el año 2012. Posteriormente, se establece una duración máxima de 2 años.


PERIODO DE PRUEBA

Ha pasado a ser de un año en los contratos indefinidos para empresas con menos de 50 trabajadores que contraten a menores de 30 años. Para el resto de contratos, ha aumentado hasta los 6 meses.

MODIFICACIÓN EN LAS CONDICIONES DE TRABAJO

La empresa podrá hacer cambios sustanciales en las condiciones de trabajo por ejemplo: la jornada laboral, las funciones a ejecutar y , por primera vez, en la cuantía salarial disminuyéndola hasta el mínimo establecido en el convenio que regule el sector, cuando existan razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen.

Esta reforma va a acompañada de múltiples subvenciones por contratación para el empresario que en unos días os resumiré.


Un saludo y suerte a tod@s !!




La información contenida en este blog es orientativa y didáctica. Los autores no se hacen responsables de los perjuicios ocasionados a personas físicas o jurídicas que actúen o dejen de hacerlo como consecuencia de informaciones u opiniones contenidas en esta publicación.

martes, 17 de abril de 2012

Simiocracia

Hola a tod@s:

Del autor del video Españistan, Aleix Saló, nos vuelve a arrancar una sonrisa sobre la triste situación que vivimos (en términos economico-financieros). No tiene ningún desperdicio, os lo aseguro. El video trata sobre el por qué estamos como estamos en nuestro país y sobre hacia donde creemos que vamos.
Espero que lo disfruteís.



Salud y suerte !!!

La información contenida en este blog es orientativa y didáctica. Los autores no se hacen responsables de los perjuicios ocasionados a personas físicas o jurídicas que actúen o dejen de hacerlo como consecuencia de informaciones u opiniones contenidas en esta publicación.

lunes, 9 de abril de 2012

Megamultas: Telefonica pagará 152 millones de euros

Hola a tod@s :

Ya hace tiempo que comentamos en un post que la todopoderosa Microsoft fue condenada a pagar la "pírrica" cantidad de 100 millones de dolares a una pequeña empresa por un uso no autorizado de una patente propiedad de esta última.

No siendo este el último caso, el pasado 29 de marzo podíamos leer que el Tribunal General de Luxemburgo
ratificaba la sentencia que se le impuso en 2007 a la empresa Telefónica por un uso abusivo de su posición dominante de la banda ancha en nuestro país. 

La sentencia se basa en el hecho de que, entre los años 2001 y 206, Telefonica había impuesto unos precios muy ajustados que reducían considerablemente los márgenes de maniobra (desde el punto de vista económico) de sus competidores.

Sobre este hecho, el análisis de Bruselas sobre este hecho decía que "era probable que la conducta de Telefónica hubiese reforzado las barreras a la entrada y a la expansión en dicho mercado y que, de no haber existido las distorsiones resultantes del estrechamiento de márgenes, la competencia habría sido más intensa en el mercado minorista, de lo que se hubieran beneficiado los consumidores en términos de precio, de elección y de innovación"

A pesar de todo ello, a Telefónica le sigue quedando un recurso de Apelación frente al mismo Tribunal, arma que problamente utilizará a pesar de tener provisionado desde hace algún tiempo esta cantidad, por lo que no tendrá un impacto muy grande en su cuenta de resultados. Pobres.

La conclusión que podemos sacar de todo esto ( y consuelo a su vez) es que a priori, ni los más poderosos se escapan o se pueden saltar las reglas del juego. Tarde o temprano, ya sea de oficio o a instancia de algún perjudicado (en este caso fue Wanadoo el denunciante de la situación), las situaciones irregulares acaban siendo equilibradas, aunque los resultados lleguen tarde (en algunos casos) y su contenido no se ajuste al gusto de todo el mundo. 

Para poder leer más sobre esta noticia, aquí os dejamos varios enlaces. 


Links:

http://www.networkworld.es/El-Tribunal-de-Luxemburgo-ratifica-la-multa-de-151-millones-/seccion-actualidad/noticia-120349

http://www.cope.es/economia/29-03-12--el-tribunal-de-luxemburgo-confirma-la-multa-de-152-millones-de-euros-a-telefonica-283452-1



La información contenida en este blog es orientativa y didáctica. Los autores no se hacen responsables de los perjuicios ocasionados a personas físicas o jurídicas que actúen o dejen de hacerlo como consecuencia de informaciones u opiniones contenidas en esta publicación.

domingo, 25 de marzo de 2012

Lawcome + www.acabaconlacrisis.es

Hola a tod@s:

Parece que seguimos de celebración, y tras las nuevas incorporaciones a la redaccion de Lawcome Everyone, Patricia y Miriam, junto con el desarrollo de las nuevas secciones, os podemos decirque estamos a punto de cerrar la colaboración con la web www.acabaconlacrisis.es

Además de estar ya colaborando con la web www.lobuscofacil.com, empezamos una nueva andadura con esta web con un fin totalmente altruista y enfocada a ayudar al mayor numero de personas posibles.

Desde Lawcome Everyone, intentaremos dar soporte a aquellas personas que tengan dudas sobre cuestiones legales en general, pero en concreto sobre temas financieros, bancarios y de indole similar.

A parte de alegrarnos por este nuevo reto, lo que ahora debemos hacer es trabajar duro para ayudar a todo aquel que lo necesite.

Un saludo y suerte !!!!


La información contenida en este blog es orientativa y didáctica. Los autores no se hacen responsables de los perjuicios ocasionados a personas físicas o jurídicas que actúen o dejen de hacerlo como consecuencia de informaciones u opiniones contenidas en esta publicación.