miércoles, 29 de mayo de 2013

Entre Copas




Los seguidores de la prensa nacional seguramente están atendiendo estupefactos a cuan importantes temas se están debatiendo en la Cámara Baja de nuestro país.  No me refiero a Decretos de Ley o Leyes Orgánicas que limitas derechos, suben impuestos, reforman la constitución de un día para otro o supresiones de beneficios a inmigrantes para ser atendidos por nuestro sistema sanitario.

El tema estrella de la semana se llama Contrato de Explotación de la Cafetería del Congreso de los Diputados. Si Kafka levantara la cabeza es probable que prefiriera volver al refugio de su traje de madera de pino. Su literatura era probablemente una mezcla de una poderosa imaginación, una vasta dicción y algún que otro influjo de esa bebida llamada absenta. Parece ser que nuestros políticos le quieren emular pero invirtiendo el orden de los factores y empezar por lo espirituoso para alcanzar la plenitud intelectual, pues no se explica que no solo se haya abierto un concurso especifico para la explotación de dicha estancia del Congreso fijando valores mínimos subvencionados, si no que los partidos que mayor número de votos reciben de todos los españoles, se hayan opuesto a echar para atrás dicha propuesta tras la polémica suscitada.

Leyendo diferentes artículos de la misma noticia, algunos periódicos sacan a la palestra ejemplos de instituciones públicas que no contemplan ni remotamente esta posibilidad. De hecho, todos los trabajadores (con independencia del sector en el que trabajen) deben abonar el PVP que marca el establecimiento de marras y así alejar su mente de la intoxicación a la que nos vemos sometidos todos los días por las noticias de nuestro país.  Sobra comentar el hecho de beber alcohol en horas de trabajo.

Por ello mismo, bajo el lema “Spain is different” nuestros diputados parecen erigirse como Don Quijotes a lomos de sus Rocinantes para combatir todos aquellos gigantes que campan a lo largo y ancho de nuestra geografía.  El problema no es que sean monstruos imaginarios creados por la ingesta de sus cocteles subvencionados, y si probablemente al revés, donde piensan que inclinando el codo para no ver la realidad que tienen delante de sus ojos van a poder obtener la inspiración divina que resuelva sus problemas.

Este país pierde el Norte y nosotros con él.  Si una cuestión tan básica y lógica para la mayoría de nosotros no es capaz de verla quienes nos dirigen, ¿Qué futuro nos espera?

Para la reflexión, aquí os dejo una serie de enlaces donde podeis contrastar la noticia




Salud y suerte
 






La información contenida en este blog es orientativa y didáctica. Los autores no se hacen responsables de los perjuicios ocasionados a personas físicas o jurídicas que actúen o dejen de hacerlo como consecuencia de informaciones u opiniones contenidas en esta publicación.

miércoles, 8 de mayo de 2013

A toda costa



Hola a tod@s:

El pasado día 24 de abril, se aprobó definitivamente la las enmiendas  a la Ley de Costas de 1988.
A través del siguiente link podéis acceder a la noticia que describe las medidas “mágicas” que el nuevo ejecutivo se ha propuesto implementar para dar la puntilla al litoral español:


Dicen que el hombre es el único animal capaz de tropezar dos veces en la misma piedra. Malditos refranes.

Un saludo a tod@s !!!   


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lunes, 22 de abril de 2013

Leyes que cambian una sociedad

 Estimad@s tod@s:

Aqui os dejo un articulo interesante del periodico el Confidencial donde se hace un repaso de aquellas leyes que tuvieron mayor relevancia en la historia de nuestro país.

Espero que lo disfruteis.

Un saludo

http://www.elconfidencial.com/alma-corazon-vida/2013/04/22/las-8-leyes-que-cambiaron-para-siempre-espana-y-la-vida-de-los-espanoles-119217/


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miércoles, 1 de agosto de 2012

Reconstruyendo España - Eposidio 2

Hola a tod@s

Siguiendo con la reconstruccion de nuestro país, en el post de hoy hablamos sobre cómo a partir del 1 de septiembre la subida de distintos impuestos va a afectar a nuestra vida diaria:

IVA (Impuesto del Valor Añadido)

El tipo general pasa del 18 al 21 por ciento. A partir del 1 de septiembre este tipo también resultará de aplicación a algunas entregas de bienes y prestaciones de servicios que antes tributaban al tipo reducido del 8 por 100 y que se concretan en:
(a) Ejecuciones de obra que tengan por objeto la construcción o rehabilitación de una edificación cuando el empresario que ejecute la obra aporte una parte de los materiales utilizados siempre que el coste de los mismos exceda del 40 por ciento.
(b) Las flores y plantas ornamentales.
(c) Los servicios mixtos de hostelería, la entrada a teatros, circos y demás espectáculos.
(d) Los servicios prestados por artistas personas físicas.
(e) Los servicios funerarios.
(f) La asistencia sanitaria, dental y curas y termales que no gocen de exención.
(g) Los servicios de peluquería
(h) Los servicios de televisión digital.
(i) La adquisición de obras de arte.

El tipo reducido pasa del 8 al 10 por ciento, remitiendo al general las prestaciones de servicios y entrega de bienes ya señaladas en el apartado anterior.

IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas)

Pasa del 15 al 19 por ciento la retención e ingreso a cuenta de los rendimientos:

(a) Del trabajo derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares, o derivados de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda el derecho a su explotación.

(b) De actividades profesionales. No obstante el porcentaje será del 9 por ciento para aquellas personas físicas que inicien el ejercicio de actividades profesionales, en el período impositivo de inicio de actividades y en los dos siguientes, siempre y cuando no hubieran ejercido actividad profesional alguna en el año anterior a la fecha de inicio de las actividades.

 
IS (Impuesto sobre Sociedades)


Medidas de carácter excepcional que serán de aplicación para los periodos impositivos que se inicien dentro de los años 2012 y 2013, que consisten en:

(a) En los periodos impositivos iniciados dentro del año 2012 ó 2013, se modifica el porcentaje deducible del inmovilizado intangible con vida útil indefinida al límite anual máximo de la cincuentava parte de su importe (hasta la fecha era de la décima parte). Esta modificación habrá de tenerse en cuenta para el cálculo de los próximos pagos fraccionados.

(b) Se establecen nuevas reglas que limitan la compensación de bases imponibles negativas. Así:

(i) Si durante los doce meses anteriores a la fecha que se inicien los periodos impositivos dentro del año 2012 y 2013, el importe neto de la cifra de negocios es al menos 20 millones de euros pero inferior a 60 millones de euros, la compensación referida estará limitada al 50 por ciento de la base imponible previa a dicha compensación (hasta la fecha era el 75 por ciento).

(ii) En el supuesto de que el importe neto de la cifra de negocios sea al menos 60 millones de euros, la compensación estará limitada al 25 por ciento (hasta la fecha era el 50 por ciento).


(C) Con efectos a partir del 15 de julio de 2012, se establece un gravamen especial sobre dividendos y rentas de fuente extranjera derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades no residentes en territorio español, no incluidos en la disposición adicional decimoquinta de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

El Impuesto sobre Sociedades, a través de su artículo 21, establece la exención de los dividendos y rentas de fuente extranjera derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades no residentes en territorio español cuando, básicamente, se cumplan los tres siguientes requisitos:

(i) Que el porcentaje de participación en el capital o en los fondos propios de la participada no residente sea, al menos, del 5%.
(ii) Que la entidad participada haya estado gravada por un impuesto extranjero de naturaleza idéntica o análoga al Impuesto sobre Sociedades.
(iii) Que los beneficios que se reparten (de la participada extranjera) o en los que se participa (la participada), procedan de la realización de actividades empresariales en el extranjero. Se entiende cumplido este requisito cuando el 85% de los ingresos de la participada no proceden de lo que podría denominarse “rentas pasivas”.


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martes, 17 de julio de 2012

Reconstruyendo España-Episodio 1

Hola a tod@s:

Como bien tod@s sabemos, el pasado día 13 de Julio el Ejecutivo de nuestro país fue capaz de hacer lo que en cabezas de pocos podía ser imaginable: dar una vuelta de tuerca más a la economía familiar de nuestro país y aplicar un señor ajuste para satisfacción de nuestros "colegas" acreedores.

En este primer episodio os remitimos una visión sobre el impacto de las reformas expuestas, pero centrándonos en el sector inmobiliario. El que otrora fuera la gallina de los huevos de oro de nuestro pais, pasa por problemas realmente graves que le hacen merecedor de una posición privilegia en la UCI de nuestra economía.

Por ello mismo, para aquellos que rebosan optimismo en vista de lo que el futuro nos depara, aqui les remitimos un link de la página del Idealista donde se tocan varios palos: VPO, IVA, Subvenciones, etc.

Esperamos que este documento os sirva para aportar más luz sobre una realidad que parece cada vez más oscura.

Reportaje Especial Reformas - El Idealista

Suerte y salud !!


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miércoles, 20 de junio de 2012

Ventanilla Unica Empresarial

Hola a tod@s:

Tras algunas semanas sin publicar (pedimos perdón a nuestros seguidores :-D) hoy os queremos escribir, o más informar, sobre un organismo creado por nuestra Administración.
Son días de poca liquidez en el tejido empresarial e industrial y emprender una aventura empresarial se antoja cuanto menos osado. De todas maneras, para aquellos intrépidos que se rien de la prima de riesgo o no temen los dictamenes apocalipticos de Moody´s os presentamos la Ventanilla Unica Empresarial

A través de esta institución podreís consultar toda la información necesaria para comenzar o arrancar con vuestra iniciativa de negocio. Además de contar con una web bastante completa, también teneis oficinas por casi toda la península para el caso en el que necesitarais ayuda de algún especialista.

Esperamos que esta información os sea de ayuda.

Un saludo y suerte !!!


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lunes, 21 de mayo de 2012

El nuevo Euribor


Hola a tod@s:

Hace poco, un amigo mío que es fiel seguidor de nuestro blog, me remitió otro tema sobre el que escribir e informar.

Como ya se ha puesto de relieve alguna vez, hemos hecho mención a la apocalipsis económico-social a la que estamos asistiendo, y de la que todos estamos siendo espectadores de lujo.
La noticia en si versa sobre una nueva “medida” que pretende mitigar los miedos futuribles derivados de los mercados financieros, y asentar un poco más la estabilidad de todos.

El nuevo concepto que surge se llama IRS: Interest Rate Swap o Permuta de Tipos de Interés.
Este término se está empezando a probar (entre ellos, por nuestro Banco de España) para analizar la posibilidad de sustituir al Euribor.

A través de un artículo del periódico Expansión, podemos ver la presente de este agente:


Definición: el IRS se configura como la media de la evolución de los Tipo de Interés, en un periodo de referencia de 5 años.  En comparación con el Euribor, se puede decir que su determinación es diaria, y su evolución es bastante similar.

En términos numéricos, los datos son los siguientes:

                *Euribor más bajo: 1,214% - IRS más bajo: 1,479%
                *Euribor más alto: 5,493% - IRS más alto: 5,765%

A simple vista, la diferencia es obvia, y la conclusión más: al resto de los mortales que tenemos créditos/hipotecas u otros instrumentos financieros sujetos a este tipo de variables, no nos conviene.

Por otro lado, la otra diferencia sustancial entre ambos conceptos es que el Euribor incluye Prima de Riesgo y el IRS no, algo que, a priori, arrojaría estabilidad.

El que el IRS aparezca en nuestras vidas como la posible panacea de nuestras soluciones, no significa que el Euribor como elemento de referencia vaya a desaparecer, simplemente se articula como una posibilidad más a ofrecer a los clientes, por lo que se podría decir que lo va a complementar.

Entra en  acción un nuevo tipo (en el sentido más amplio de la palabra) que en comparación con el Euribor, se comporta así:



De todos modos, antes firmar una hipoteca, los expertos recomiendan la siguiente fórmula: La recomendación más sencilla es mirar cuál es el tipo de interés máximo al que ha cotizado el índice, sumarle el diferencial y ver si podemos pagar la cuota resultante. Si podemos pagarla, nos metemos en la hipoteca y si no, es mejor no contratarla”, explica el experto de iAhorro.com.

Espero que esta información os sea de utilidad.

Aquí os dejamos otros links que os pueden ser de interés:



Y para los que tengan un pelín más de tiempo, un artículo muy interesante sobre este tema:



Un saludo y suerte.


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