miércoles, 21 de diciembre de 2011

Hijos Extra-Matrimoniales

El otro día se pusieron en contacto conmigo en relación a la siguiente consulta, ¿como puedo hacer para que un hijio que se ha concebido fuera del matrimonio, pueda pasar a ser parte de la Unidad Familiar?

Pues bien, nuestro Código Civil, en su articulo 120 recoge la posibilidad de inscribir a aquellos hijos extra-matrimoniales, a través de las siguientes opciones:

  1. Por el reconocimiento ante el encargado del Registro Civil, en testamento o en otro documento público.
  2. Por resolución recaída en expediente tramitado con arreglo a la legislación del Registro Civil.
  3. Por sentencia firme.
  4. Respecto de la madre, cuando se haga constar la filiación materna en la inscripción de nacimiento practicada dentro de plazo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Registro Civil


Para más información, y para los casos en los que se de esta circunstancia, adjunto un link del Ministerio de Justicia que puede ayudar a la hora de resolver aquellas cuestiones más procedimentales y burocráticas que puedan surgir:


http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/es/1200666550200/Tramite_C/1214483947232/Detalle.html

Espero que esta información os sea de ayuda.

Un saludo y suerte !!!

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