lunes, 30 de abril de 2012

Entendiendo la Reforma Laboral por Patricia Luque

Hola a tod@s: 

El cambio en la normativa laboral nos deja un despido más barato, con menos requisitos y que generalmente será procedente, da más facilidades al empresario para cambiar turnos, funciones e incluso los salarios…

Aquí dejo algunas claves para entenderlo…

DESPIDOS E INDEMNIZACIONES


o Improcedentes: A partir del 10 de febrero del 2012, en los despidos improcedentes, el cálculo de la indemnización pasa de 45 días por año trabajado a 33 con un máximo de 24 mensualidades. En el caso de que la persona en cuestión tuviera un contrato indefinido antes de la entrada en vigor de la ley, cobraría 45 días por año por ese período previo pudiendo alcanzar las 42 mensualidades.

Existe una excepción a esto, cuando el despido se deba a una bajada en las ventas o ingresos, la empresa abonará 20 días por año durante 12 meses.
o Procedentes: La indemnización es de20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades


o En los contratos temporales, la indemnización pasa a ser de 10 días para los que se formalicen entre el 2012 y 2013, y de 12 los que se firmen a partir del 01/01/2014.


Hay que tener presente, que la carga de la prueba recae sobre el trabajador. Es decir, ahora será el trabajador quien deba probar la improcedencia del despido y no el empresario quien tenga que demostrar la procedencia.


TEMPORALIDAD

Con la nueva normativa, deja de existir un límite a la temporalidad durante el año 2012. Posteriormente, se establece una duración máxima de 2 años.


PERIODO DE PRUEBA

Ha pasado a ser de un año en los contratos indefinidos para empresas con menos de 50 trabajadores que contraten a menores de 30 años. Para el resto de contratos, ha aumentado hasta los 6 meses.

MODIFICACIÓN EN LAS CONDICIONES DE TRABAJO

La empresa podrá hacer cambios sustanciales en las condiciones de trabajo por ejemplo: la jornada laboral, las funciones a ejecutar y , por primera vez, en la cuantía salarial disminuyéndola hasta el mínimo establecido en el convenio que regule el sector, cuando existan razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen.

Esta reforma va a acompañada de múltiples subvenciones por contratación para el empresario que en unos días os resumiré.


Un saludo y suerte a tod@s !!




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