Uno
de los problemas heredados de la crisis financiera ha sido la compra de
productos bancarios por parte de muchas personas ajenas al mundo financiero que
atraídos por altas rentabilidades y en algunas ocasiones erróneamente
aconsejados, invirtieron sus ahorros en muchos productos de los que desconocían
su funcionamiento, habiendo perdido
cuantiosas sumas de dinero por estas malas inversiones.
Uno
de estos casos controvertidos han sido las participaciones preferentes,
las cuales se comercializaron como un producto bancario que combinaba rasgos de
2 productos diferentes:
- Los productos de renta fija: Inversiones por las que a
cambio de dinero se recibe un tipo de interés durante un tiempo determinado,
comprometiéndose durante ese tiempo el
inversor a no movilizar su dinero, y si lo hace suele estar condicionado al
pago de algún tipo de penalización.
- Las Acciones: La rentabilidad para el
inversor se encuentra en una participación sobre los beneficios que obtenga la
entidad en la que se esté invirtiendo. Con las participaciones preferentes, lo
que se hacía era invertir en el propio banco que las emitía, sujetando su
rentabilidad a los propios beneficios del banco.
Del
híbrido de fusionar características de ambos productos, surgieron las
participaciones preferentes concebidas como un producto de inversión por el
cuál los inversores obtenían una rentabilidad fija en función de los beneficios
de las entidades bancarias. Se denominaron preferentes, porque eran
títulos que los inversores cobraban incluso antes que los accionistas. Al haber
estado sujetas a los beneficios bancarios, durante los años de bonanza
económica dichas participaciones fueron lucrativas para sus inversores.
La
sorpresa llegó cuando la crisis estalló y los bancos dejaron de pagar las
rentabilidades prometidas, no existían los beneficios y los clientes no
cobraban absolutamente nada por sus participaciones. La peor parte es que éstas
tenían carácter perpetuo y los clientes que querían deshacerse de ellas debían
acudir al mercado secundario a venderlas, de modo que el único modo de
recuperar su inversión, era a través de la venta de esos títulos.
El
problema estaba en el exceso de oferta en el mercado secundario, nadie quería
participaciones de bancos que no obtenían beneficios, los inversores se vieron
así atrapados, de forma que no podían recuperar su dinero o si lograban
venderlas lo hacían por un valor infinitamente menor del dinero que habían
inicialmente invertido.
Otro
de los grandes problemas de las participaciones preferentes consistía en que el
Fondo de Garantía de Depósitos,no garantizaba estos productos en el caso de que
el banco entrara en quiebra, de modo que en el caso de que el banco quebrara ese
dinero no podía ser recuperado.
Debido
a que la comercialización de participaciones preferentes por parte de los
bancos, fue en muchos casos muy cuestionable, puesto que se vendían productos
de una alta complejidad financiera a inversores de nivel medio y no se les
informaba correctamente de los riesgos, se empezó a denunciar a los bancos por
este tipo de prácticas abusivas.
La
buena noticia es que los tribunales están empezando a dar la razón a aquellos
inversores que denunciaron estos hechos. En efecto en sentencias de la
Audiencia Provincial de Palma de Mallorca y del Juzgado nº 1 de Bilbao, se ha
considerado probado que las entidades bancarias no informaron correctamente de
los riesgos de las participaciones a consumidores que tenían un perfil medio
como inversor, y que por lo tanto no
podían conocer las complejidades técnicas de un producto que cotizaba en los
mercados secundarios.
En
estas sentencias consideran que el hecho de que un consumidor declarara que
realizaba varias inversiones al año,o que tuviera un trabajo relacionado con el
mundo financiero no determinaba que éste tuviera un perfil de inversor lo
suficientemente preparado para entender los riesgos y complejidades de dichas
participaciones.
La
existencia de responsabilidad contractual por parte de la entidad bancaria, la
fijan en ambas sentencias en el
incumplimiento del deber de información y asesoramiento veraz en el que
incurrieron algunas entidades al comercializar estos productos. Ocultando en
ocasiones el carácter perpetuo de las participaciones, u obviando explicar
debidamente el mecanismo de funcionamiento de los mercados secundarios en los
que operaban estas participaciones.
El
hecho de que la jurisprudencia se esté pronunciando en favor de los
consumidores afectados en los casos en los que se puede demostrar la
negligencia de los bancos cuando vendieron estas participaciones es una muy
buena noticia que puede animar a otros consumidores afectados a emprender
acciones legales contra las entidades y recuperar sus inversiones.
Aún
así y dados los costos que implican los procedimientos judiciales, desde
algunas asociaciones y plataformas de afectados por las participaciones
preferentes, optan por esperar a que los usuarios puedan canjear sus
participaciones con las entidades, aunque a la fecha el canje de las
preferentes es un tema controvertido puesto que la mayoría de afectados
considera que estos canjes se realizan a un precio inferior al que ellos
tuvieron que desembolsar las acciones, con la consiguiente pérdida económica.
Esta semana el Ministerio de Economía ha anunciado que regulará el canje de las
acciones, por lo tanto puede ser conveniente esperar a ver en qué condiciones
se establece el canje en la futura normativa.
Para
más información si eres un consumidor afectado por las participaciones
preferentes recomendamos ponerse en contacto con las plataformas de afectados o
con la Asociación de usuarios de bancas, cajas y seguros (ADICAE).
Sin
embargo nos gustaría realizar una última advertencia respecto a las acciones
colectivas que se pueden tomar desde asociaciones o plataformas, la
jurisprudencia que hemos analizado en
este post, ha determinado caso por caso que el inversor no tenía los
conocimientos suficientes para entender los riesgos de las participaciones y
que además no fue convenientemente informado por los bancos, circunstancias que
se pueden diluir en demandas colectivas que impliquen diferentes casos y tipos
de consumidores.
Os
dejamos unos links que pueden ser de vuestro interés:
Un saludo y suerte
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